Ministerio del Ambiente aclara: Proyecto urbanístico ECHO no requería consulta ambiental según normativa vigente
El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica ofrece explicaciones en medio de controversia sobre procedimientos ambientales para el desarrollo urbano.
El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica emitió un comunicado oficial en respuesta a las crecientes preocupaciones sobre el proyecto urbanístico ECHO, indicando que este no estaba sujeto a un proceso de consulta ambiental según la normativa actual.
De acuerdo con la declaración ministerial, la consulta ambiental no es obligatoria para proyectos que requieran registro o certificado ambiental, a excepción de aquellos relacionados con el sector minero e hidrocarburífero. Esta afirmación se basa en la sentencia 51-23-IN/23 del 9 de noviembre de 2023, que ratifica la aplicación de la consulta ambiental a los proyectos que necesiten una licencia ambiental, así como a los proyectos mineros e hidrocarburíferos que requieran registro ambiental.
El Ministerio también destacó que el catálogo de actividades productivas está debidamente regulado en el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA), el cual categoriza automáticamente los proyectos según sus especificaciones técnicas. En el caso de ECHO, el sistema lo clasificó como una actividad sujeta a registro ambiental, eximiéndolo así de la obligación de realizar una consulta ambiental.
Estas explicaciones buscan disipar las dudas y aclarar el marco normativo que rodea al proyecto ECHO, que ha generado debate y controversia en los últimos meses.
C.A.
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