La Corte Constitucional admite demanda contra tasa minera, pero descarta suspender su aplicación
La Sala de Admisión de la Corte Constitucional del Ecuador decidió dar curso a la acción de inconstitucionalidad presentada por la empresa Linderos Mining S.A.S. en contra de la resolución ARCOM-003/25, que fijó una tasa de supervisión y control para las concesiones mineras en el país.
La compañía sostiene que esta normativa constituye en realidad un impuesto encubierto, aprobado sin facultades legales y con efectos que vulnerarían principios de igualdad, equidad tributaria y prohibición de confiscación. Además, advierte que los cobros podrían poner en riesgo a proyectos en fase de exploración y a la pequeña minería, debido a los altos costos exigidos aun antes de obtener ingresos.
Si bien la Corte admitió a trámite la acción (caso 61-25-IN), negó la medida cautelar solicitada por la empresa. Los jueces consideraron que no se demostró la gravedad suficiente para suspender temporalmente la normativa, por lo que las disposiciones de la ARCOM se mantienen vigentes mientras el Pleno del organismo analiza de fondo la constitucionalidad de la tasa.
La Corte dispuso que la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) remita los documentos que justificaron la resolución y se prepare para defender su validez. Asimismo, ordenó la publicación del caso en el Registro Oficial y en su portal digital.
Con esta decisión, la disputa en torno a la tasa de control minero pasará a una fase de sustanciación ante el Pleno de la Corte Constitucional, que deberá pronunciarse de manera definitiva sobre su legalidad y efectos en el sector extractivo ecuatoriano.

Comments are closed, but trackbacks and pingbacks are open.