EDITORIAL. EL VEREDICTO MINERO

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EL VEREDICTO MINERO

AQUÍ DEFENDEMOS EL ESTADO DE DERECHO APLICADO AL DERECHO DE HACER MINERIA. SOLAMENTE DONDE Y COMO LA LEY LO PERMITE

Durante el “Ecuador Day” 2026, al igual que todos los anteriores desde la constitución del 2008, acudieron a la cita con todo los “argumentos” para captar la mirada d ellos inversionistas mineros. Como en todas las ocasiones anteriores, fue la Cámara de Minería del Ecuador, con el mismo entusiasmo de las ocasiones anteriores servían de motivadores -acaso de encantadores- para seducir los capitales mineros.

El discurso el de siempre, que todo estudiante de geología conoce; la fachada de “potencial geológico” y la categoría incuestionable de “minería responsable”. Sin embargo, tras un análisis más amplio, no se podía y no se comunicó la crisis de seguridad jurídica que contradice los mensajes de confianza emitidos en Canadá.

Justo, es recordar que fue la CME, la que impulsó la única y fugaz campaña contra la Tasa de Supervisión y Control Minero, con la que todo el resto de actividades económicas y el país está de acuerdo, implementada bajo el argumento de financiar la lucha contra la minería ilegal. Extraño, verdad, pues aunque en el PDAC se promocionó un entorno competitivo, el argumento del sector minero responsable fue… que la tasa les colocaba fuera de toda competitividad. Se afirmó que los costos de esta tasa superan los presupuestos operativos de empresas en fase de exploración, y puesto que el hectareaje de las concesiones de gran minería es muy extenso, ese rubro ahuyenta a los mismos inversionistas que se intentan captar en Toronto.

La CME, habló de un “compromiso con estándares internacionales”, en Ecuador, el sector enfrenta desafíos que no mencionaron, al menos en esta cita. Por citar algunos: la imposición de gravámenes sin diálogo previo, suceso que evapora el principio de predictibilidad necesario para capitales de largo plazo. Y como, dispone la ley, o la tasa, los procesos coactivos contra quienes no cancelen, no se detendrán, hecho que mina la confianza del inversor antes de que se extraiga el primer gramo de mineral.

El marco legal ecuatoriano ha soportado varias modificaciones en poco tiempo, al punto que la nueva Ley Minera, impulsada bajo la premisa de simplificar trámites, ha abierto frentes de conflicto que amenazan con judicializar el sector por décadas. En el intento de “reducir los tiempos”, la ley introduce mecanismos que podrían interpretarse como otorgar derechos mineros basados en el silencio administrativo o en procesos de control ex-post vulnera el principio de precaución ambiental establecido en la Constitución. En lugar de atraer inversión “seria”, esto podría atraer capitales especulativos.

El Ecuador minero, recuerda como una empresa en lugar de desarrollar el más espléndido de las minas de cobre en la zona de Llurimagua, se dedicó a postergar toda posibilidad de desarrollar mina, atizar el conflicto con los antimineros, y indisponer a los trabajadores de su “socio” ENAMI, la empresa minera nacional ecuatoriana, y su subsidiaria. Y para cerrar con broche de oro (aunque debía ser de cobre y demás metales estratégicos): presentaron una demanda contra el Ecuador, por 560 millones. Perdieron. El Ecuador ganó. Solo debió pagar 25 millones, nunca se desarrollo mina alguna. El conflicto promocionó a nivel nacional a los antimineros de Intag. Y Ecuador nunca tuvo acceso a la información sobre el potencial minero del proyecto, que por supuesto, dicha empresa lo “exploró”.

Hoy los vientos de optimismo sobre la “licencia social”, pueden cesar si se recuerdan los reveses sufridos en la Corte Constitucional (Dictamen 2-23-EE/23). La nueva ley redefine la distribución de las regalías, hecho que suscita algunas emociones, para quienes no saben que las regalías jamás han retornado a los territorios mineros.

Para quienes creemos en el derecho de un estado de hacer minería, y de concesionarla a capitales nacionales y/o extranjeros, entendemos que es preferible, en todos los casos, que las leyes cuenten con un pacto social mínimo, la seguridad jurídica no nace de decretos ejecutivos ni de leyes aprobadas por mayorías coyunturales; nace de la estabilidad de las normas.

Con la reciente ley, en el sano intento de que ENAMI, figure de alguna manera entre las empresas mineras, que algo producen, para lo cual hoy posee, facultades para suscribir y regular los contratos mineros, con terceros, de forma directa y bajo regímenes especiales. Los riesgos son altos, si se recuerda algunas perlas de ENAMI:

La más espectacular es la entrega del oro incautado en Buenos Aires, en el operativo del 2018, a un ciudadano prontuariado. Con la extraña coincidencia que el abogado de la empresa adjudicataria, fue también abogado de ENAMI.

Si el gobierno, con acierto, pero sin profundizar en la depuración de ARCOM aplico esta medida que nosotros sugerimos en todas nuestras entrevistas, sería prudente se depure también a ENAMI, antes de otorgarle los poderes que hoy tiene gracias a esa peculiar capacidad de entregar contratos de operación a discreción. Hay el riesgo que no sea precisamente la motivación técnica la que prime, sino el aceite bajo la mesa… El poder ceder títulos de forma directa en etapas de exploración avanzada, rompe con la libre competencia, y que esta sea transparente. Nada tendrá de sorprendente que los acuerdos a puerta cerrada “entre privados”, a la vieja usanza de la época dorada de las concesiones a dedo, se evadan las licitaciones públicas internacionales.

Los espejismos forman parte de la minería en ENAMI. Otro caso preocupante para toda la industria es lo realizado con Hanrine Exploration And Mining, subsidiaria de Hancock Propescting  de Australia.

El 04 de abril de 2024, la EMPRESA NACIONAL MINERA ENAMI EP y la compañía HANRINE ECUADORIAN EXPLORATION ANDMINING S.A. suscribieron un Acuerdo Comercial Marco para la Exploración de Proyectos Mineros en Ecuador por USD 120 millones de inversión, de los cuales la empresa  ya ha cumplido con sus adelantos. Sin embargo, a pesar del discurso de que todo está en marcha y hasta de que la ENAMI acaba de ponerlo como caso de éxito en días pasados en la PDAC en Toronto, los compromisos por parte del Gobierno no se han cumplido, ocasionando severo daño.

El objeto del Acuerdo consistió en el desarrollo de proyectos de exploración minera y la posterior cesión y transferencia progresiva de derechos sobre las áreas denominadas “DULCE”, “CAROLINA”, “MARITZA”, “GUADALUPE”, “SILVA” y “ANA MARÍA”

Han pasado más de dos años y la Empresa Nacional Minera del Ecuador no ha cumplido con  los acuerdos  previstos en el Acuerdo y Hanrine inició días pasados una demanda de mediación ante la Procuraduría del Estado.

Llurimagua nuevamente estuvo en la pasarela. Pero hay detalles, como su estado de parálisis judicial. La Corte Provincial de Imbabura revocó su licencia ambiental. A la herencia de la última empresa en la zona CODELCO, es una zona altamente antiminera (con tres décadas de resistencia social), una demanda internacional contra Ecuador y finalmente un proceso abortado por ENAMI, que licenció a otra empresa, HANRINE, la concesión.

La ENAMI EP ha dejado de ser una empresa de fomento para convertirse en una entidad que comercializa derechos mineros, mucho de ellos en litigio. Al pretender regular los contratos que ella misma firma, que garantías hay de evitar la corrupción. Mientras la estatal siga ofreciendo proyectos como Llurimagua sin resolver los fallos judiciales preexistentes, Ecuador seguirá siendo percibido no como una potencia minera, sino como una jurisdicción de alto riesgo e impredecibilidad.

Como no podía ser de otra manera, hay demandas contra ENAMI, suceso que se ocultó en Canadá. Hanrine ha interpuesto una demanda de mediación por…

Cuando otorgue contratos de operación directos y arbitrarios, el Ecuador está sembrando las semillas de futuros arbitrajes ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones).

Y, cuando la burbuja de la “nueva ley” estalle ante la Corte Constitucional, las empresas extranjeras que confiaron en las promesas de la ENAMI alegarán la vulneración del estándar de “Trato Justo y Equitativo”. El resultado: empresas demandando al Estado por cientos de millones de dólares debido a la inestabilidad de reglas que nunca fueron sólidas.

En definitiva, vender a Llurimagua como un éxito en Canadá, mientras en Ecuador se ignora la resistencia social y los fallos judiciales, no es atraer inversión; es exportar inseguridad jurídica. Mientras la ENAMI pretenda ser juez y parte, y el Gobierno ignore que la minería solo es viable con paz territorial y rigor constitucional, el sector minero seguirá siendo un campo de batalla legal donde el único perdedor es el patrimonio de los ecuatorianos.

F: el veredicto minero.

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