El Gobierno belga recurrirá la sentencia que este miércoles declaró ilegales las medidas del Ejecutivo para contener la pandemia del coronavirus y le dio un plazo de treinta días para levantarlas, anunció la ministra del Interior, Annelies Verlinden, ante el Parlamento federal.
La ministra recalcó que varias sentencias judiciales y dictámenes del Consejo de Estado han confirmado previamente la base de las medidas que restringen las libertades públicas para combatir la pandemia.
Un tribunal de primera instancia ordenó este miércoles al Gobierno federal de Bélgica poner fin a todas las medidas excepcionales adoptadas contra la pandemia del coronavirus en un plazo máximo de 30 días.
De esta manera, el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas da la razón a una demanda de medidas cautelares presentada por la Liga de Derechos Humanos (LDH) hace tres semanas en nombre de todos los belgas. Si el Estado no cumple la decisión, deberá pagar una multa de 5.000 euros al día.
El tribunal consideró que la urgencia invocada por los demandantes quedaba acreditada por el hecho de la prórroga hasta el 1 de abril, mediante orden ministerial de 6 de febrero, de las medidas controvertidas, entre ellas el toque de queda o el cierre de comercios no esenciales, y ello «sin que se produjera una verdadera comunicación al respecto».
Esas medidas han sido reforzadas y prolongadas recientemente debido al incremento de los contagios en el país.
Los demandantes cuestionaron la responsabilidad del Estado belga por haber cometido una falta al adoptar medidas, por vía reglamentaria, que atentan contra las libertades fundamentales «haciendo caso omiso de las normas constitucionales y/o legales que le obligan a abstenerse o a actuar de una manera determinada».
La principal ley en la que se basó el Ministerio del Interior para adoptar las medidas contra el coronavirus es la ley de 15 de mayo de 2007 sobre la sociedad civil, que se refiere a las medidas de evacuación y que fue adoptada tras la catástrofe de Ghislenghien, una zona de la ciudad de Ath donde explotó una tubería de gas el 30 de julio de 2004 y provocó 24 muertos y 132 heridos.
En el auto emitido esta mañana, el tribunal de primera instancia señala que esta ley define las competencias así conferidas al Ejecutivo de forma «restrictiva y previsible», y que la situación relacionada con la Covid-19 no está contemplada en esta ley.
El cierre de diversos establecimientos (culturales, festivos, deportivos, recreativos, eventos, hoteles y restaurantes, profesiones de contacto), la suspensión de la escolaridad obligatoria, la restricción de las reuniones públicas o privadas, la restricción de la circulación hacia y desde Bélgica no están cubiertos por los términos «requisa» y «evacuación» de esa ley, concluye el tribunal en su dictamen.