En los sectores de Pan de Azúcar y Quebrada Pan de Azúcar se concretó la tala de árboles y el presunto inicio de actividades mineras ilegales, así como la apertura de una trocha de ocho metros de ancho, con una extensión de siete kilómetros aproximadamente y varios claros en el bosque donde encontraron campamentos cubiertos con techos de plástico.
Fue el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), agentes de la Comisaria de Quincemil y la Sub Prefectura del mismo distrito quienes realizaron diversas acciones de control durante el mes de mayo en las zonas 2 y 3 del Bosque Protector del Cusco, antes conocido como el Bosque de Producción Permanente (BPP).
De acuerdo a los reportes de las autoridades, en la zona talaron árboles de las especies tornillo, pacae, huacaycha, achihua, laurel, cumala, ana caspi, requia, palo santo, pona, pisonay y paca, lo que denota la variedad forestal de esta región.
Otro sector donde existen denuncias constantes es la Zona 2 del Bosque Protector, en los sectores de Collpamayo, Huinchumayo, Yanamayo y en la quebrada Chillimayo, donde constataron la tala de árboles y áreas alteradas por el cambio de uso de suelos con fines agrícolas, sin contar con la autorización correspondiente.
En estas áreas afectadas se evidenció la tala de especies forestales como: pacae, achihua, huacaycha, sangre sangre, laurel, cumala, copal, sano sano, pisonay, cetico, paca, entre otras.
En el lugar hallaron plantaciones de plátano, maíz, yuca y piña que estarían ya desde hace un año establecidas en el lugar.
Determinaron la afectación de más de 0,30 hectáreas, hecho en el que estarían involucradas más de 15 personas denunciadas, entre los que figuran titulares de petitorios mineros que habrían cometido infracciones establecidas en el Decreto Supremo N° 007-2021-MIDAGRI, documento que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia Forestal y de Fauna Silvestre.
Las sanciones por estos delitos, consideradas muy graves, son la imposición de una multa monetaria mayor a diez Unidades Impositivas Tributarias (UIT), hasta un monto máximo de 5.000 UIT. Actualmente, el saldo equivalente de la UIT es de S/ 4.400.